Búsqueda

Registro – Matrícula de maquinaria amarilla

La maquinaria agrícola, industrial y de construcción autopropulsada, fabricada, importada o ensamblada en el país, a partir del 10 de enero de 2012, debe ser registrada de manera obligatoria en el sistema RUNT. El registro de la maquinaria ingresada al país o ensamblada con anterioridad al 10 de Enero de 2012, es voluntario. Toda maquinaria clasificable en las subpartidas arancelarias: 8429.11.00.00 – 8429.19.00.00 – 8428.51.00.00 – 8429.5200.00 – 8429.59.00.00 y 8905.10.00.00, que se encuentre e ingrese al territorio colombiano debe registrarse obligatoriamente en el registro de Maquinaria, del RUNT.

Documentación

  1. La información de la maquinaria deberá estar cargada en el sistema RUNT por parte de importador, ensamblador o fabricante.
  2. Formato de solicitud del trámite de maquinaria.
  3. Copia de la declaración de importación.
  4. Factura original de compra de la maquinaria.
  5. Certificado de instalación de GPS u otro dispositivo de seguridad y monitoreo electrónico.

Descarga aquí el Formato Único Nacional (FUN)

Nota: Este documento se debe imprimir en hoja tamaño oficio y doble cara, es decir por lado y lado.

Las partidas arancelarias descritas deberán gestionar la guía de movilización la cual será expedida por el RUNT previa validación del sistema a solicitud del importador, comercializador y/o locatario.